Un despido conlleva no solo la finalización de una relación laboral entre dos partes sino también la firma (o no) de un finiquito. Debemos estar bien informados sobre qué es este documento, qué partes debe incluir, cuándo debemos estar conformes y cuándo no, así como qué hacer si no nos pagan la cantidad de dinero que viene especificada en él.
Qué es el finiquito
El finiquito está regulado por el Estatuto de los Trabajadores, por el convenio colectivo por el que se rige la empresa y por el Código Civil español. Se trata de un documento que refleja la liquidación que debe percibir el trabajador a la finalización de la relación laboral. Es más, aunque el trabajador se vaya por decisión propia también lo debe cobrar.
Partes del finiquito
Este documento debe presentarse por el empleador al trabajador en el momento en el que a este se le comunique la rescisión del contrato. En él debe recogerse el salario de los días trabajados en el mes en curso y que aún no se hayan cobrado. Asimismo, se tienen que remunerar las pagas y horas extra que queden pendientes de cobro. Por último, la liquidación ha de contemplar los días de vacaciones no disfrutados, un apartado de "otros conceptos" y el cálculo de las deducciones por IRPF y Seguridad Social, tal y como se hace en la nómina. Además, en caso de que haya comisiones, primas, bonus u otras cantidades pendientes de ingreso al trabajador, estas también deben plasmarse en el finiquito.
Cómo firmar el finiquito
Llega el momento de firmar el finiquito. Aconsejamos prestar la máxima atención a la cantidad final a percibir ya que, una vez firmado el escrito, ya no habrá posibilidad de reclamación. Si estamos conformes con el contenido del documento, además de con la suma de dinero que vamos a recibir, lo firmaremos. Pero, si no es así, se pueden dar dos situaciones:
- Firmar "en disconformidad". Recomendamos elegir esta opción cuando la relación laboral ha finalizado de manera conflictiva y queremos dejar la vía abierta a una posterior reclamación de una cantidad superior en concepto de liquidación.
- No firmar. Esta selección debemos ejecutarla cuando no estamos conformes con el contenido del documento. Solo así se abre una vía para reclamaciones posteriores.
Qué hacer si no me pagan el finiquito
Una vez firmado el documento, nuestra misión se reduce a comprobar que nos ingresan las cantidades adeudadas. En el caso de que esto no tuviese lugar, se puede enviar un burofax o acta notarial con la reclamación. Si esto no surte efecto, deberemos rellenar una papeleta de conciliación y acudir al Acto de Conciliación. Lo ideal es que, en este punto, ya se termine el conflicto, pero, si no es así, el siguiente paso es presentar a la empresa una demanda por impago. Para todo esto disponemos del plazo de un año.
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