Puntos clave de la nueva reforma laboral

El pasado jueves 3 de febrero se aprobó en el Congreso de los Diputados, por 175 votos a favor y 174 en contra, el Real Decreto Ley de la reforma laboral. Esta nueva legislación, surgida del diálogo consensuado entre el Ministerio de Trabajo, la patronal y los sindicatos, tiene el objetivo de poner fin a la precariedad característica de nuestro mercado laboral, causada, sobre todo, por la temporalidad y el desempleo. Pero, ¿cómo te afecta esto a ti? ¿qué tipos de contratos habrá ahora?

Claves para comprender la reforma laboral

Primero de todo, tranquilo: los contratos firmados se mantienen hasta su fecha de finalización. Es decir, el 30 de marzo de 2022, cuando la reforma laboral entre en vigor y sea de obligado cumplimiento, no te van a despedir, por mucho que tu contrato se encuentre entre los modelos que van a eliminar, pues los contratos ya firmados se mantienen igual. Entonces, ¿qué modificaciones introducirá la aprobación de este Real Decreto Ley? Aquí te dejamos una breve lista con los puntos más importantes de la reforma del mercado de trabajo:

  1. Extinción de los contratos temporales. Este modelo de convenio regulador no va a poder llevarse a cabo, salvo para circunstancias previsibles (producción, sustitución) y de duración delimitada, con un máximo de 90 días.
  2. En el lugar de los contratos temporales surgen los contratos fijos discontinuos, útiles para todo trabajador inherentemente vinculado a la estacionalidad (sector terciario, por ejemplo).
  3. Los contratos fijos serán la regla general y desaparecerá el de obra o servicio.
  4. El contrato temporal pasará a ser fijo si se llegan a acumular 18 meses de trabajo en 2 años.
  5. Contratos de formación. Se regulan los convenios entre estudiantes universitarios que realizan prácticas laborales y las empresas que se benefician de sus servicios.
  6. RTE y Mecanismo RED. Igual que los ERTE (Expedientes de Regulación Temporal del Empleo) que aparecieron durante la pandemia del COVID para solventar las insuficiencias de los ERES, la nueva reforma laboral crea el Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilización del Empleo. Esta figura trata de blindar la seguridad de empresas y trabajadores durante crisis económicas, sanitarias, políticas o de cualquier índole. Contempla dos nuevos tipos de ERTE para reducir considerablemente los despidos: uno justificado por causas cíclicas y otro por causas sectoriales.
  7. Estabilización de las negociaciones y los convenios colectivos​, que recuperan la ultraactividad indefinida; es decir, su vigencia continúa más allá de su caducidad. Además, para impedir la devaluación salarial, el convenio de empresa deja de ser prioritario.

Estas son las siete novedades de mayor relevancia que va a introducir, a partir del 30 de marzo, la reforma laboral. La aplicación de este Real Decreto Ley es completamente obligatoria, de forma que su conocimiento, por parte de trabajadores y empresarios, supone una necesidad de vital importancia. Las multas, en caso de situación irregular, podrán ascender hasta los 10 000 euros. Así que ya sabes: adapta tu empresa a los cambios en materia, sobre todo, de contratación y, si tienes alguna duda, contacta con nosotros. ¡Estaremos encantados de ayudarte!

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