Abogados para sanciones laborales
Bienvenidos a Gestiona tu Despido, el despacho de abogados laboralistas especializados en sanciones laborales. Te ofrecemos una asesoría integral en la tramitación y defensa contra sanciones laborales. Si lo deseas, además puede ser atendido en nuestro Despacho de Abogados en Madrid.
Las sanciones laborales jamás supondrán multas económicas ni reducción de vacaciones. Es de vital importancia impugnar cada sanción para evitar una eventual terminación del contrato fundamentada en la acumulación de faltas. El plazo para hacerlo es de 20 días hábiles desde la recepción de la comunicación. La empresa es responsable de demostrar los hechos.
Sanciones laborales: ¿cuáles son los motivos?
Las sanciones laborales se considerarán incumplimientos de las obligaciones laborales del trabajador. En el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores se recogen las siguientes conductas como notivos de sanción:
-Repetición injustificada de faltas de asistencia o de puntualidad al trabajo
-Falta de disciplina o desobediencia en el desempeño de las tareas laborales
-Agresiones verbales o físicas hacia el empleador o hacia los compañeros de trabajo y sus respectivos familiares
-Violación de la buena fe contractual y el abuso de confianza en el desarrollo de las labores asignadas
-Disminución continua y voluntaria en el rendimiento del trabajo establecido
-Consumo habitual de alcohol o drogas si afecta negativamente al desempeño laboral
-Acoso por motivos de raza, origen étnico, religión o creencias, discapacidad, edad u orientación sexual
-Acoso sexual o por motivo de género hacia el empleador o los empleados de la empresa.
Impugnación de las sanciones laborales
Ante la imposición de cualquier tipo de sanción laboral calificada como grave o muy grave, la empresa deberá comunicárselo al trabajador afectado por escrito, indicando la fecha y el motivo. Un trabajador tendrá la posibilidad de impugnar la sanción laboral que le haya sido impuesta por la empresa en un plazo de 20 días laborables.
En caso contrario, la sanción será definitiva y quedará registrada en el expediente del empleado, pudiendo ser utilizada por el empleador para proceder a un despido disciplinario posteriormente. Para impugnar una sanción o falta grave, el empleador deberá demostrar la veracidad de los hechos imputados al empleado mediante argumentos, pruebas, testimonios, entre otros.
En caso de haber recibido una sanción disciplinaria, ya sea una suspensión de empleo y sueldo o simplemente una amonestación por escrito, te aconsejamos que te pongas en contacto con nuestros especialistas en derecho laboral. Estaremos a tu disposición durante todo el proceso de demanda para guiarte y tomar las mejores decisiones desde una perspectiva judicial.
Sanciones laborales: ¿de qué formas puede sancionar un empresario?
El Estatuto de los Trabajadores recoge diferentes formas para que un empresario pueda sancionar a sus empleados. Es importante tener en cuenta que las sanciones laborales también se pueden llevar a cabo en base al convenio vigente.
-La amonestación verbal es el tipo más básico de sanción y suele darse en casos de faltas menores, como llegar tarde ocasionalmente.
-La amonestación escrita es más grave o se produce cuando una falta se repite. La amonestación puede escalarse a una forma escrita que queda registrada en el expediente del trabajador.
-Por otro lado, la suspensión del contrato de trabajo implica que, durante un período determinado, el empleado dejará de percibir su salario y de trabajar. Esta medida está tipificada en el artículo 45 h) del Estatuto de los Trabajadores.
-El despido disciplinario es la medida más grave, ya que implica la suspensión definitiva de la relación laboral. Su regulación se encuentra en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.
-Reducción de Categoría o Sueldo: En determinadas circunstancias, es posible imponer una disminución en la categoría laboral o en el salario del trabajador como medida disciplinaria.
-En determinadas circunstancias, la reubicación temporal o permanente a otro departamento e incluso a un lugar geográfico distinto puede ser implementada como una medida disciplinaria en el ámbito laboral.
De lo dicho anteriormente se deduce que existen tres tipos de faltas que pueden conducir a la imposición de una sanción laboral: leves, graves y muy graves. ¿Buscas abogados expertos en sanciones laborales en Madrid?. Puedes ponerte en contacto con nosotros llamando al teléfono 91 125 42 10 o rellenando el formulario indicando si la consulta es relativa a un caso de sanción o amonestación laboral.
¿Cómo se imponen las sanciones laborales?
La forma de imponer las sanciones también se encuentra establecido en los convenios colectivos. El Estatuto de los Trabajadores simplemente establece que las faltas graves y muy graves deben ser notificadas por escrito al trabajador, indicando con claridad los hechos que las justifican y la fecha en que ocurrieron.
En cambio, las faltas leves pueden ser comunicadas de forma verbal. En el caso de que un representante legal de los trabajadores sea sancionado por una falta muy grave, se debe abrir un procedimiento disciplinario contradictorio. Este procedimiento se realiza para faltas muy graves o para faltas graves e implica que el empleado presente las alegaciones pertinentes para que no sea sancionado.
Los representantes de los trabajadores deben recibir una notificación cuando a un empleado de la empresa se le impute una falta muy grave. Además, el comité de empresa y el delegado de personal también deben ser informados.
Tipos de sanciones laborales para trabajadores
En función del tipo de infracción cometida, la gravedad de la sanción laboral variará. En cualquier caso todo estará determinado por la gravedad de cada sanción. ¿Cuáles son los tipos de sanciones laborales?. comprensible que dependiendo de la infracción cometida, la penalización variará en su naturaleza. Todo estará determinado por la gravedad de cada sanción laboral.
Las infracciones leves están sujetas a sanciones de suspensión de trabajo y salario que no superan los dos días.
En el caso de las faltas graves, las sanciones pueden implicar la suspensión de trabajo y salario por un máximo de 20 días.
Sin embargo, las faltas muy graves son las más destacadas, ya que pueden resultar en la suspensión de empleo y sueldo por hasta seis meses, e incluso pueden llevar a una situación de despido.
En definitiva, si has sido recientemente objeto de una sanción laboral, nuestro consejo es que te pongas lo antes posible en manos de un abogado laboralista experimentado que redacte la impugnación y la demanda. Puede ser la diferencia entre conservar o no tu actual puesto de trabajo.
Sanciones Laborales: Preguntas Frecuentes
¿Se puede hacer un despido disciplinario sin sanciones previas?
Efectivamente, en determinadas situaciones graves, la legislación permite realizar un despido disciplinario sin la necesidad de aplicar sanciones previas. No obstante, resulta fundamental que el empleador pueda demostrar que el comportamiento del empleado justifica una medida tan contundente. En estas circunstancias, se recomienda contar con el asesoramiento de un profesional del derecho.
¿Cuál sería un caso de infracción grave en el entorno laboral?
Una infracción grave en el ámbito laboral podría ser el hostigamiento sexual o laboral hacia un colega de trabajo, así como también el hurto de bienes de la empresa. Estas conductas suelen acarrear sanciones severas, incluyendo la terminación del contrato por motivos disciplinarios.
¿Las faltas laborales prescriben?
Hay un período de tiempo después de cometer una falta en el que se puede aplicar una sanción, pero dependiendo de la gravedad de la falta, el plazo para sancionar expira. En el caso de las faltas leves, las sanciones prescriben a los 10 días desde que se cometieron, mientras que en las faltas graves, el plazo es de 20 días.
En cuanto a las faltas muy graves, se dispone de hasta 60 días desde su comisión antes de que prescriban. El período de prescripción da inicio desde que el empresario tiene constancia del hecho que causa la falta, no desde que se cometió.
¿Cuándo es nula una sanción laboral?
La sanción laboral es nula en el caso de que no haya sido comunicada por escrito al empleado o, en su lugar, si los hechos que la fundamentan no están incluidos en la pertinente notificación. Asimismo, también se invalidará si se ha emitido después del plazo establecido.
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