Cuando una entidad termina un contrato con un empleado, este se considera procedente cuando se fundamenta la causa y se cumplan los requisitos exigidos por la ley. Estos son:
- Notificación por escrito (carta).
- Indemnización correspondiente a 20 días de sueldo por cada año que el empleado haya prestado servicio en la empresa. El límite de la cuantía no supera la suma correspondiente al año.
- Aviso con 15 días de adelanto. Si esta condición no se cumple, se deben abonar también esos días.
Su alguna, varias o todas estas condiciones no se cumplen, se podría el caso de un despido objetivo improcedente, cuestión que se debería analizar por los representantes legales del trabajador.
Calcular la cuantía de indemnización por despido objetivo Madrid
Para calcular la cuantía de la indemnización por despido objetivo, hay que sumar el coste laboral de 20 días multiplicados por cada 12 meses de servicio prestado a una empresa. El tope de esta cantidad se alcanza cuando los días sumados alcanzan los 12 meses de paga.
Es decir, se realiza la multiplicación del sueldo diario por 20. El resultado es la cuantía de la indemnización correspondiente a cada año trabajado. Con esta cifra, se realiza la división entre 12 y esto, a su vez, se multiplica por la cantidad meses que ha durado el contrato de la persona que está siendo despedida.
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