En el ámbito de nuestro ordenamiento jurídico laboral, el despido del personal de alta dirección puede producirse por diversas causas:
- Por el transcurso del tiempo convenido en el contrato con carácter anterior al inicio de la prestación de servicios.
- Por desistimiento unilateral y voluntario del empresario o del alto cargo.
- Por voluntad del trabajador.
- Por voluntad del empresario.
Así, el empresario puede proceder a la resolución del contrato sin justa causa preavisando al trabajador. Ten en cuenta que, con carácter general, este plazo de preaviso deberá ser de 3 meses, aunque podría llegar a los 6 meses en los contratos de duración indefinida o de duración mayor a los 5 años.
¿Qué pasa si no se respeta el preaviso?
Cuando el empresario no respete este preaviso, como trabajador tienes derecho a una indemnización del pago de los salarios del periodo dejado de preavisar. Así, el plazo de prescripción para reclamar la acción es de 1 año.
El despido del personal de alta dirección puede sustentarse en una causa disciplinaria. Este puede ser catalogado por la justicia como procedente, cuando consigan probarse las causas alegadas por el empresario. Puede ser improcedente cuando estas no consigan demostrarse, o nulo cuando se incurra en lesión de derechos fundamentales o libertades públicas del trabajador en el proceso.
Por su parte, la finalización del vínculo contractual puede producirse por decisión de la administración concursal de acuerdo con las causas tasadas y reguladas en la Ley 22/2003, Concursal. En estos casos, tienes derecho a una indemnización que podrá ser moderada por el juez del concurso cuando se pueda, con el pago de la misma, poner en perjuicio la masa activa y la viabilidad de la empresa declarada en concurso.
En conclusión, el procedimiento para despedir a un alto directivo se asemeja al del resto de trabajadores. Ante esta situación, la mejor recomendación es contactar con un abogado.
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