y La última novedad más celebrada en el ámbito del derecho laboral es la derogación, impulsada desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social, del artículo 52, apartado d) del Estatuto de los Trabajadores, que permitía el despido por reiteradas bajas médicas justificadas en el mismo mes de los trabajadores. A partir de este momento, nadie va a poder ser despedido por este motivo. Con la derogación de esta artículo se protegen los derechos de los más desfavorecidos, como discapacitados y personas con problemas crónicos, entre otros.
Asimismo, y no menos importantes, otras novedades que podemos resaltar en el ámbito del derecho laboral, son el incremento del salario mínimo interprofesional, fijado en 950 euros mensuales repartidos en catorce pagas, equivalente a 13 300 euros anuales, o una mayor cotización para los contratos de cinco días.
En este último caso, recordar que la cuota empresarial por contingencias comunes para los contratos temporales era de un 35 % y, actualmente, se ha subido a un 40 % con la finalidad luchar contra el exceso y precariedad de algunos contratos temporales.
Se han introducido nuevas cláusulas de la jubilación obligatoria por edad en los convenios colectivos, interesándose por los objetivos del relevo generacional y las políticas de empleo. Asimismo, la revalorización y mejora de las pensiones.
Novedades en la conciliación familiar y laboral
No menos importantes son las nuevas medidas de conciliación entre la vida familiar y laboral, que permiten el derecho de los trabajadores a solicitar una adaptación de su jornada o distribución de las horas, o el mismo teletrabajo, sin olvidar que estas condiciones deberán ser razonables y que entren dentro de la lógica empresarial y del trabajador.
Entre otras reformas, también cabe destacar el incremento del 2 % de las retribuciones salariales aplicadas al funcionariado y otras novedades en el ámbito del orden de la seguridad social.
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