Extinción voluntaria del contrato por parte del trabajador

La extincion voluntaria de un contrato laboral es una de las posibilidades que como trabajador tienes a tu disposición si tu empresa no te paga en tiempo y forma correctamente. En este artículo queremos explicarte los principales aspectos legales de este procedimiento. ¡Empezamos!

Causas principales que te lleven a la extinción de tu relación laboral

El artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores recoge tres casos principales que pueden llevarte a finalizar tu relación laboral con tu empresa. Los más destacados son los siguientes:

  • Cualquier tipo de modificación de tus condiciones laborales sin previo aviso y sin respetar el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. La mayoría de estas circunstancias, además, afectan a tu dignidad como empleado.
  • Impagos recurrentes o retrasos en el pago de las nóminas de manera continuada. Recuerda que la empresa tiene la obligación de pagarte como máximo el último día de cada mes de trabajo.
  • Cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones del empresario, salvo en aquellos casos que sean considerados de fuerza mayor. También en el caso de que no te quieran reintegrar en tus condiciones anteriores de trabajo, de acuerdo con los artículos 40 y 41 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Tienes derecho a indemnización?

En el caso de que extingas voluntariamente tu contrato de trabajo, por alguna de las circunstancias anteriores, tendrás derecho a indemnización. Es similar a cualquier tipo de despido improcedente, de acuerdo con el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.

Esto significa que tendrás derecho a 33 días de salario por cada año trabajado, siempre hasta un máximo de 24 mensualidades, equivalente a dos años de trabajo. Además, obviamente, tendrás derecho a una prestación por desempleo. Es fundamental interpretar correctamente que estos supuestos siempre deben venir dados por un incumplimiento grave por parte del empresario.

Además, se excluye cualquier situación de fuerza mayor. Esto, para nosotros, es cualquier supuesto que fuera inevitable y que estuviera fuera del rango de acción del propio empresario. Es importante que se diferencie este aspecto de cualquier otra extinción voluntaria. En cualquier momento, como trabajador tienes el derecho de presentar tu dimisión dando las dos semanas de preaviso exigidas por ley, salvo que estuvieras en período de prueba. En este caso, no tienes derecho a poder cobrar el paro ni tampoco a indemnización por parte de la empresa a la que prestabas tus servicios.

Seguir trabajando hasta la sentencia judicial

En aquellos casos que fuera preciso una sentencia judicial, hasta dicha resolución, será necesario que sigas trabajando en las condiciones pactadas con tu empleador. No obstante, en algunos casos, podrás solicitar medidas cautelares que obligarán al empresario a cotizar y abonar todos aquellos salarios pendientes, independientemente de lo que acabe dictando el juez.

Como conclusión, la extinción voluntaria de un contrato laboral dependerá de cada caso. Por esta razón, una de las mejores soluciones es ponerte en manos de abogados laboralistas expertos. En S&M contamos con un equipo totalmente especializado y con una gran experiencia en el sector. Ponte en contacto con nosotros y cuéntanos tu caso.

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