alquileres valoran tanto el interés del propietario o arrendador como el del inquilino o arrendatario. Esto se debe a que los creadores de las normas que aquí tratamos han tenido en cuenta que más del 80 % de los arrendadores son personas para quienes las rentas obtenidas del alquiler son su ingreso principal.
Por todo lo anterior, podemos asegurar que son normas que tratan de adaptar el contrato a las circunstancias económicas de colectivos vulnerables. En definitiva, son medidas extraordinarias que permiten a los inquilinos vivir de manera legal en su vivienda habitual y a los caseros seguir cobrando las rentas que venían disfrutando antes de las consecuencias derivadas de la COVID-19.
Evita los motivos de desahucio o lanzamiento
Llegados a esta situación, la norma hace referencia a dos supuestos de desahucio o lanzamiento: uno es el impago de la renta del alquiler y otro es la finalización del contrato. Ambos son los motivos contemplados en el nuevo Real Decreto-ley para evitar las descompensaciones a los arrendadores y los desahucios.
Aquí resumimos las claves para que lo anterior no llegue a ocurrir.
En primer lugar, si el contrato termina antes del 9 de agosto de 2021 y ninguna de las dos partes ha comunicado con 4 meses de antelación la finalización del contrato, se podrá continuar con el mismo contrato durante 6 meses más.
En segundo lugar, si tu casero es una persona física, puedes pactar con él un aplazamiento de la deuda. En el caso de que los caseros no acepten, los inquilinos tenéis derecho a dos ayudas extraordinarias para poder hacer frente al pago de los alquileres. Una de las ayudas consiste en que el Estado actúa de aval para que el banco financie a coste cero el alquiler durante seis años que pueden prorrogarse otros cuatro. Otra de las ayudas es el pago directo al arrendador, las mensualidades que el inquilino no puede pagar, en concepto de préstamo del Estado.
En cualquier caso, si actualmente te encuentras inmerso en un juicio de desahucio y la ley considera que eres una persona económicamente vulnerable (si no supera el límite de ingresos establecido), tú y quienes convivan contigo podéis estar tranquilos porque podéis pedir al juez la suspensión del desahucio o lanzamiento.
Agilidad y efectividad ante situaciones difíciles
Si eres arrendador o arrendatario, en S&M Abogados Laboralistas te asesoraremos con prontitud y de manera detallada. Nuestra costumbre es proceder con toda la diligencia que garantiza nuestro éxito a hacer valer los derechos en materia de alquileres con el fin de lograr la protección eficaz de las personas a quienes va destinada la normativa actual.
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