Podríamos definir el derecho a la desconexio digital como aquel que ampara el descanso efectivo de los trabajadores, es decir, la desvinculación de los aparatos digitales para realizar cualquier tarea relacionada con tu puesto de trabajo.
Como es fácil de entender, pretendemos con ello garantizar la creación de puestos de trabajo y evitar cualquier abuso con las horas laborales. Recordemos que debe garantizarse legalmente el descanso, los permisos y las vacaciones, así como la intimidad del trabajador.
Este derecho cobra especial importancia en los puestos en los que se realiza una actividad a distancia mediante teletrabajo. Entendemos por este cualquier prestación de actividad laboral realizada desde el domicilio del empleado o un lugar libremente elegido por este. Esta modalidad de puestos es cada vez más demandada debido a la covid-19; aprovechamos aquí para hacer una mención al Real Decreto-ley 8/2020 de marzo.
¿Cuál es la finalidad del derecho a la desconexión digital?
Básicamente, tiene estos tres objetivos:
1. Hacemos posible la conciliación efectiva entre la vida familiar del empleado y el trabajo. Un aspecto importante, sobre todo cuando tienes personas a tu cargo.
2. Garantizamos la salud del trabajador. La exposición a una sobreactividad laboral puede llegar a producir diferentes trastornos en el comportamiento de la persona, entre los cuales se encuentra la fatiga.
3. Garantizamos también la vida social con normalidad del empleado. El abuso constante del tiempo de descanso influye directamente en su vida íntima y en sus contactos sociales, llegando en algunas circunstancias al aislamiento absoluto. De este modo, impedimos ejercer el derecho al libre desarrollo de la personalidad, derecho fundamental que viene reconocido tanto en textos internacionales como en nuestra propia carta magna, y que, además, afecta de manera directa a la dignidad de la persona.
Estas son las circunstancias que hemos de sopesar en el marco de la desconexión del mundo digital y el teletrabajo.
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