La entente alcanzada entre sindicatos y la patronal para firmar un nuevo Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) permitirá paliar en cierta medida la pérdida de poder adquisitivo de los ciudadanos, pero ¿cómo afectará a los sueldos? ¿qué pasará a partir de ahora?. En este post vamos a responderte a todas estas cuestiones.
Lo primero que tenemos que saber es que el acuerdo alcanzado entre los sindicatos Comisiones Obreras (CCOO) y el Sindicato Unión General de Trabajadoras y Trabajadores de España (UGT) no es vinculante. Mediante el acuerdo se recomiendan diferentes aumentos de sueldo a lo largo de los próximos cuatro años.
¿En qué consiste el acuerdo de incrementos salariales?
El nuevo acuerdo se firmó el pasado 10 de mayo en un acto celebrado en el Círculo de Bellas Artes de Madrid y al que asistieron los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, y los presidentes de CEOE y Cepyme, Antonio Garamendi y Gerardo Cuerva.
El acuerdo al que llegaron las 2 partes establece una subida de sueldos del 4% en 2023 y del 3 % en 2024 y 2025, además de incluir una cláusula de revisión del 1% en función de la inflación. Desglosado por años quedaría de la siguiente forma:
-Incremento mínimo del 4 % en 2023
-Incremento mínimo del 3 % en 2024
-Incremento mínimo del 3 % en 2025
-Incremento adicional del 1 % en 2025 si la inflación supera los salarios
-Incremento no definido pero necesario en 2026
De esta forma, la propuesta de sindicatos y la patronal se basa en ajustar los sueldos a la subida que han experimentado los precios. Por otro lado, a las empresas les permite seguir ofertando puestos de trabajo a los trabajadores y crecer. Se amortigua en cierta manera la disminución del poder adquisitivo y, de paso, se estimula el consumo.
¿Qué obligaciones tienen las empresas al respecto?
Independientemente del acuerdo es importante recordar que, como trabajador, siempre puedes negociar con la empresa un aumento de sueldo. Pero más allá, ha que tener en cuenta los salarios se rigen por los convenios colectivos de cada sector. Sin embargo el acuerdo no es vinculante, es decir, planta a las empresas unas recomendaciones a la hora de establecer subidas salariales, pero en ningún caso las obliga a llevarlas a cabo.
¿Este rango de aumentos salariales tiene relación con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)?
No, son temas completamente distintos. Hay que ir a la hemeroteca para recordar que, a principios de 2023, el Gobierno de España aprobó un nuevo aumento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) del 8 %, que en este caso sí obliga a las empresas a subir salarios, siempre y cuando haya trabajadores y trabajadoras en nómina que no estén cobrando el salario mínimo.
El Salario Mínimo Interprofesional quedó fijado en un mínimo de 1.080 euros para todas las personas que trabajan 40 horas semanales en España y cobren en 14 pagas. En términos anuales, el salario mínimo ha pasado de 14.000 a 15.120 euros, en total. En Gestiona tu Despido, como abogados laborales de Madrid, te asesoramos para que conozcas tus derechos. Si buscas asesoría legal en Madrid, puedes ponerte en contacto con nosotros indicando si la consulta es relativa a despido objetivo, despido disciplinario u cualquier otro tipo de causa.
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