Cómo saber cuando eres un falso autónomo

El falso autonomo está en el punto de mira de la Seguridad Social tras la aparición de repartidores de comida a domicilio o riders. Para los empresarios, son trabajadores autónomos que facturan por sus servicios y son quienes han de cotizar. Esta situación hace que el contrato sea irregular y no válido, por lo que crea confusión en los propios trabajadores.

Cómo saber que eres un falso autónomo

Los falsos autónomos no tienen un sector, actividad ni rango de edad definido. Existen tres hechos que demuestran si eres un trabajador por cuenta ajena o autónomo:

  • La ajenidad. Si la empresa te da las herramientas para realizar tu trabajo.
  • Dependencia. Cumples horarios establecidos y un puesto de trabajo.
  • Retribución. Si no eliges cuánto vas a ganar.

Si las cumples todas o parcialmente, entonces eres un falso autónomo. Esta condición no existe solo en la actual economía digital, también en empresas dedicadas a industria, logística, transporte o sector servicios, que tienen en su plantilla trabajadores con contratos fraudulentos.

Validez de contrato

A efectos jurídicos tu contrato carece de validez, aunque haya sido firmado como mercantil. Si no cumples con las características como autónomo, eres de facto un trabajador por cuenta ajena y tienes derecho de que tu empresa te reconozca como tal.

Legislación

Hasta la aparición del Plan Director por el Empleo Digno, no existía un texto oficial que vinculara al falso autónomo. A partir del R. D. 28/2018, de 28 de diciembre, se considera fraude si las empresas contratan mediante este tipo de contrato, pudiendo ser multadas entre 3.000 y 10 000 €.

Cómo te puede ayudar un abogado

A veces es complicado hacer frente a la empresa, puesto que suelen ser trabajadores no bien informados o que tienen miedo de ser despedidos si emplean acciones legales.

Si crees que es tu caso, podemos ayudarte reclamando tus derechos y realizando una serie de pasos:

  • Denunciar a Inspección de Trabajo para que haya una inspección en la empresa.
  • Negociar con la empresa para llegar a un acuerdo y se cambie tu contrato a trabajador asalariado.
  • Si no hay acuerdo, tienes la opción de realizar una demanda judicial.
  • Puedes demandar si eres despedido por exigir tus derechos.

Igualmente, puedes seguir la vía judicial poniendo una demanda en el Juzgado de lo Social. En los dos casos, se exige a la empresa las cuotas a la S. Social con carácter retroactivo de hasta 4 años y un recargo del 150 %. Si tu deuda de cotización supera los 50 000 €, puede considerarse fraude y un delito penal, con una condena de hasta 5 años de cárcel para el empresario. Nunca serás sancionado como trabajador.

Conclusión

Como conclusión, si sabes realmente si eres un falso autónomo o lo sospechas y quieres cambiar tu situación laboral, puedes contar en nuestro despacho con abogados especialistas que te pueden asesorar sobre los pasos a seguir (ya lo hemos comentado anteriormente) para cambiar tu estatus a trabajador por cuenta ajena.

En S&M Abogados Laboristas te ayudamos en el asesoramiento y de manera judicial ante cualquier problema que tengas si eres un falso autónomo. Ponte en contacto con nosotros y reserva tu primera asesoría.

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