¿A qué edad puedo jubilarme en 2024?

Si quieres conocer a qué edad podrás jubilarte en 2024, es importante tener en cuenta que la ley 27/2011 establece la edad de jubilación vigente hasta 2027, incluyendo también los años posteriores. En este artículo encontrarás detallada la tabla de jubilación que te ayudará a conocer exactamente cuándo podrás jubilarte.

Además de la edad, es fundamental tener en cuenta tu carrera de cotización y los años que has cotizado para determinar la edad de jubilación que te corresponde. Si te estás preguntando cuándo podrás jubilarte, te explicamos cómo interpretar la tabla para obtener una respuesta precisa.

¿Cuál es la edad de Jubilación?

La edad de jubilación es el momento en que decides decir adiós al trabajo, pero no a la remuneración que te has ganado a lo largo de tu vida laboral. Antes, esta edad era fija, y lo volverá a ser en 2027. Mientras tanto, es importante conocer los requisitos actuales, tanto de edad como de años cotizados, para acceder a la jubilación ordinaria.

Para jubilarte en 2024 con 65 años tienes que tener un mínimo de 38 años cotizados. Mientras que para hacerlo en 2025 serán necesarios 38 años y 3 meses cotizados o más. Es el mismo baremo de cotización que se necesitará en 2026 y 2027.

Es decir, en 2024 podrás acceder a la jubilación ordinaria con 65 años si acumulas 38 años cotizados (o más). Pero si tu carrera de cotización es menor, tendrás que esperar a los 66 y seis meses. Llegado a este punto es importante tener en cuenta que si acreditas 35 años cotizados podrás solicitar la jubilación anticipada dos años antes de la edad que te corresponda.

La edad de jubilación en España: ¿cuál es la edad mínima?

En España la edad mínima de jubilación ordinaria general es de 65 años. Pero este requisito se aplica únicamente si cuentas con más de 38 años de cotización.

Para poder jubilarte, es necesario haber cotizado un mínimo de 15 años. No obstante, con esta cifra en tu historial laboral solo tendrás derecho a percibir el 50% de la pensión. Dependiendo de cada situación, pueden aplicarse diferentes edades y años mínimos de cotización. Por ejemplo, si te jubilas por invalidez, los requisitos pueden variar.

Jubilación por Discapacidad del 45%

Cuando la razón detrás de la jubilación anticipada es una de las enfermedades contempladas por la ley, resultando en al menos un 45% de discapacidad, la edad de jubilación se reduce aún más, hasta los 56 años. Es necesario haber trabajado y cotizado al menos 15 años con este grado de discapacidad, estando dado de alta o en situación asimilada al alta. En estos casos, no se aplica ningún coeficiente reductor sobre la prestación.

Jubilación por Discapacidad del 65% o más

Otra razón por la que alguien puede optar por jubilarse antes de lo habitual es si cuenta con una discapacidad igual o superior al 65%. En este caso, la jubilación anticipada es posible a partir de los 52 años, siempre y cuando se tenga un mínimo de 15 años de cotización (incluso si no han sido con la discapacidad reconocida). Esta opción está disponible tanto para aquellos que estén dados de alta en la seguridad social como para aquellos que se encuentren en una situación asimilada al alta.

Jubilación anticipada

Se establece la posibilidad de solicitar la jubilación anticipada voluntaria hasta 2 años antes de la edad de jubilación ordinaria general. Esto significa que quienes acrediten menos de 38 años de cotización podrán jubilarse de forma anticipada a los 64 años y 6 meses de edad. Por otro lado, aquellos que cuenten con 38 años de cotización podrán acceder a la jubilación anticipada a los 63 años.

Es importante mencionar que es requisito indispensable contar con un periodo mínimo de cotización efectiva de 35 años, sin tener en cuenta la parte proporcional por pagas extra.

¿A qué edad puedo jubilarme por trabajo penoso?

Existe un conjunto específico de ocupaciones consideradas como "penosas", como por ejemplo la de minero, a las cuales se les puede aplicar coeficientes reductores de edad. Demostrando haber desempeñado este tipo de trabajo, una persona podría optar por jubilarse a los 52 años, teniendo en cuenta o no los coeficientes reductores correspondientes en cada caso.

Con la excepción de bomberos y Ertzaintzas, cuya edad de jubilación sería a los 60 años, al igual que los mutualistas.

Sea cuál sea tu contrato de trabajo, nuestros abogados laboralistas en Madrid te asesorarán y te proporcionarán toda la información legal que necesitas para jubilarte.

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