Cómo actuar ante despido disciplinario

El despido disciplinario es una decisión unilateral del empresario. A veces ignoramos si además tenemos derecho a una indemnización por despido.

A través de nuestro despacho os damos unos consejos para afrontar la situación en base a los siguientes componentes que han de constar en un despido disciplinario.

Las primeras acciones ante un despido disciplinario son: la impugnación del mismo en menos de 20 días, comprobar que se han respetado los requisitos tanto de forma como de fondo, asegurarse de que aún así se reciba el “finiquito”. Además se habrán de contemplar los siguientes requisitos legales, los cuales serían causa de impugnación por parte del trabajador en caso de incumplimiento:

El despido disciplinario debe ir acompañado de la “carta de despido disciplinario”, y si el trabajador es representante sindical se requiere la apertura de un “expediente disciplinario”. Al mismo tiempo se deben respetar los aspectos formales del mismo para dar oportunidad de defensa al trabajador, y si éstos no constan, el trabajador podrá solicitar el despido improcedente (por ejemplo si el despido fue realizado de forma verbal). Del mismo modo se han de respetar los requisitos de fondo, esto es, que exista causa de despido expresada.

El trabajador tendrá 20 días para impugnarlo, plazo de caducidad, esto es, si el trabajador no lo impugna el despido será procedente, y ya nada se podrá hacer aunque no se hubiesen respetado los requisitos formales.

¿Tengo derecho a indemnización?

No existe la indemnización por despido ante un despido disciplinario, aunque sí se seguirá teniendo derecho al finiquito, es decir, todas las cantidades correspondientes a un despido procedente, esto es, plus, salario pendiente, vacaciones, etc.

Ante un despido disciplinario se sigue teniendo derecho a la prestación por desempleo, pero mucho cuidado con simularlo, pues las sanciones para el trabajador y el empresario son cuantiosas.

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