Desde el 21 de diciembre el permiso de lactancia se extiende hasta un total de 28 días para todos los trabajadores. Así lo anunció la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una medida que ya ha entrado en vigor.
La reforma del permiso de lactancia también se aplica para el personal laboral de la Administración Pública. El permiso de lactancia, que está recogido en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, que detalla que en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia en el trabajo.
Este permiso de lactancia se podrá dividir en dos partes para el cuidado del lactante que finalizará cuando el bebé cumpla nueve meses. En la actualidad este derecho a ausentarse queda condicionado a las previsiones de la negociación colectiva o al acuerdo que se ha llegado con la empresa.
Permiso de lactancia: derecho de 2 trabajadores por el mismo bebé
El permiso de lactancia es un derecho individual, lo que significa que no puede transferirse su ejercicio a la otra persona progenitora, adoptante, guardadora o acogedora. Sin embargo si 2 personas trabajadoras de la misma empresa ejercen este derecho por el mismo bebé, se podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa.
Las razones de la empresa para limitar el ejercicio simultánea del permiso de lactancia tendrán que estar debidamente motivadas por escrito. En este caso, la empresa deberá ofrecer un plan alternativo para que las 2 personas puedan disfrutar de este derecho y posibilitar el ejercicio de los derechos de conciliación.
Cuando ambas personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute del permiso de lactancia podrá extenderse hasta que el lactante cumpla 12 meses, aunque con una reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los 9 meses.
El artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores también recoge que los trabajadores tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora en el caso de nacimiento prematuro de hijo o hija, o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario.
Permiso de lactancia: el impacto en el ámbito laboral
Aunque el permiso de lactancia es un derecho legalmente reconocido, muchas madres trabajadoras han enfrentado dificultades para ejercerlo plenamente. Algunas empresas no han proporcionado las condiciones adecuadas para extraer y almacenar la leche materna, lo que ha dificultado la continuidad de la lactancia una vez que las madres regresan al trabajo.
Sin embargo, esta extensión del permiso de lactancia a 28 días brinda a las madres trabajadoras más tiempo para establecer una rutina de extracción de leche y asegurarse de que sus bebés continúen recibiendo todos los beneficios de la lactancia materna. Además, también se espera que esta medida fomente una mayor conciencia y apoyo por parte de las empresas hacia las madres lactantes.
En Gestiona tu Despido contamos con abogados expertos en conciliación familiar. Te ayudamos y te asesoramos para garantizar tus derechos en el permiso de lactancia.
Sin comentarios