¿Vas a ser madre o padre en 2025? El Gobierno aprobó el 29 de julio de 2025 el Real Decreto-ley 9/2025, que amplía el permiso de nacimiento a 19 semanas para cada progenitor —sin perder ni un euro de salario. En esta guía te explicamos exactamente qué cambia, cuánto cobras, cuándo puedes disfrutarlo y qué situaciones especiales contempla la ley.
Lo más importante, de un vistazo
- El permiso de nacimiento pasa de 16 a 19 semanas para cada progenitor (sector privado y público).
- Las 3 semanas adicionales son retribuidas al 100% por la Seguridad Social.
- Las últimas 2 semanas son flexibles hasta los 8 años del menor.
- Familias monoparentales: el permiso se amplía a 32 semanas
- Retroactividad: aplicable a nacimientos desde el 2 de agosto de 2024.
- En vigor desde el 31 de julio de 2025
¿Qué es la nueva ley de permisos de maternidad y paternidad?
Hasta 2025, la ley española reconocía 16 semanas de permiso de nacimiento para cada progenitor: las mismas para la madre biológica que para el otro progenitor. Era uno de los permisos más igualitarios de Europa, pero aún no cumplía plenamente con la Directiva Europea 2019/1158, que obliga a los países miembros a garantizar al menos 8 semanas retribuidas de permiso parental.
El Real Decreto-ley 9/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 30 de julio de 2025, añade 3 semanas más al permiso existente, completando así la transposición de esa directiva. El resultado: 19 semanas de permiso retribuido para cada progenitor, con diseño flexible en las últimas semanas para facilitar la conciliación real.
"Con 19 semanas, España supera la recomendación de la OIT (18 semanas) y se sitúa entre los países europeos con los permisos de maternidad más largos."
¿Cuántas semanas tienes y cómo se distribuyen?
El permiso de nacimiento no es un bloque uniforme. La ley lo divide en tres tramos con diferente nivel de flexibilidad:
| Tramo | Duración | ¿Cuándo disfrutarlo? | ¿Obligatorio? |
| Descanso obligatorio | 6 semanas | Inmediatamente después del parto/adopción, a jornada completa. | Sí, obligatorio. |
| Periodo voluntario | 11 semanas | Libremente hasta que el menor cumpla 12 meses (la madre puede anticipar hasta 4 semanas antes del parto). | Flexible |
| Cuidado parental | 2 semanas (novedad) | A voluntad hasta que el menor cumpla 8 años. | Muy flexible |
¿Cuánto dinero cobras durante el permiso?
Esta es la pregunta que más preocupa a la mayoría de trabajadores. La respuesta es clara: no perderás ingresos.
La Seguridad Social abona el 100% de tu base reguladora durante todo el permiso de nacimiento. Esto es especialmente relevante porque el coste de la ampliación a 19 semanas lo asume la sociedad a través del sistema público, no la empresa. La tasa de reposición de renta del 100% es, precisamente, uno de los factores que explican la alta tasa de disfrute masculino del permiso de nacimiento en España en comparación con otros países europeos.
Familias monoparentales: 32 semanas de permiso
Uno de los aspectos más destacados del Real Decreto-ley 9/2025 es la atención específica a las familias monoparentales. Siguiendo una sentencia del Tribunal Constitucional de noviembre de 2024, la ley equipara la protección de los menores con independencia del tipo de familia en la que crezcan.
En una familia biparental, el bebé se beneficia de las 19 semanas de cada progenitor (38 semanas en total de presencia familiar). Para compensar esta diferencia, cuando existe una sola persona progenitora, el permiso se amplía a 32 semanas, distribuidas así:
| Tramo | Biparental | Monoparental |
| Descanso obligatorio | 6 semanas | 6 semanas |
| Periodo voluntario (hasta 12 meses) | 11 semanas | 22 semanas |
| Cuidado parental (hasta 8 años) | 2 semanas | 4 semanas |
| TOTAL | 19 semanas | 32 semanas |
Esta medida también tiene una dimensión de igualdad de género: más del 80% de las familias monoparentales en España están encabezadas por mujeres, por lo que la ampliación refuerza directamente la posición económica y laboral de las madres en solitario.
¿Qué cambia para empleados públicos?
Los funcionarios y empleados públicos también se benefician de la ampliación, aunque con algunas particularidades propias del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP):
Mismo total: 19 semanas retribuidas
El permiso retribuido por nacimiento o adopción en el sector público también alcanza las 19 semanas, con la misma distribución (6 + 11 + 2) que en el sector privado.
Permiso parental no retribuido: 8 semanas adicionales
Al margen de las 19 semanas retribuidas, el EBEP mantiene un permiso parental de hasta 8 semanas no retribuidas, continuas o discontinuas, ejercitable hasta los 8 años del menor. Queda clarificado expresamente que este permiso no tiene retribución.
Flexibilidad adaptada al servicio público
Las semanas voluntarias se pueden disfrutar a tiempo parcial si las necesidades del servicio lo permiten. El preaviso es de 15 días por semanas completas. La Administración puede aplazar el permiso en las semanas flexibles si afecta gravemente al funcionamiento de la unidad.
Protección de la carrera profesional
El tiempo disfrutado en permiso se computa como servicio efectivo a todos los efectos. Además, se garantizan todos los derechos económicos durante el permiso y en períodos posteriores ligados a él.
Cómo solicitar el permiso paso a paso
Comunica el nacimiento a tu empresa.
Las 6 semanas obligatorias comienzan automáticamente tras el parto. Informa a RRHH con la documentación del registro civil o informe hospitalario.
Solicita la prestación a la Seguridad Social.
Tramita la prestación por nacimiento y cuidado de menor a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en tu mutua colaboradora, si corresponde. Necesitarás el libro de familia o certificado de nacimiento, y el formulario de solicitud.
Planifica las semanas voluntarias.
Decide cómo y cuándo quieres usar las 11 semanas del segundo tramo. Comunica cada período con al menos 15 días de antelación a la empresa, indicando fechas concretas.
Reserva las 2 semanas de cuidado parental.
Puedes usar estas semanas en cualquier momento hasta los 8 años del menor. No te olvides de solicitarlas: desde el 1 de enero de 2026 para nacimientos desde agosto de 2024.
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