Abogado para despido improcedente en Madrid

Reclamamos la máxima indemnización legal por tu despido. Sin pago por adelantado. Primera consulta gratuita y sin compromiso con nuestros abogados laboralistas en Madrid.

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Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Puede ver información detallada en nuestro Aviso Legal y Política de Privacidad.

Abogados laboralistas especializados en despido improcedente en Madrid

No somos un bufete generalista. Todo nuestro equipo trabaja exclusivamente en derecho laboral y conoce al detalle el proceso de reclamación por despido improcedente en los juzgados de Madrid.

Primera consulta gratuita

Analizamos tu contrato, la carta de despido y tus circunstancias. Te calculamos la indemnización que te corresponde y evaluamos si tienes salarios de tramitación.

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Sin honorarios hasta que cobres

Solo percibimos honorarios cuando tú recibes tu indemnización. Nuestros intereses están perfectamente alineados con los tuyos desde el primer día.

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Actuamos en 48 horas

El plazo legal para reclamar un despido improcedente es de 20 días hábiles. Presentamos tu papeleta de conciliación ante el SMAC en 48 horas.

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80% de éxito en Madrid

Más de 500 procedimientos tramitados ante los Juzgados de lo Social de Madrid con un porcentaje de resolución favorable del 95%. Sabemos qué funciona y qué no.

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Qué ocurre cuando reclamas un despido improcedente

Desde la notificación del despido hasta el cobro de tu indemnización, el procedimiento tiene fases muy claras. Nosotros te acompañamos en cada una.

Recibir y firmar el despido en disconformidad.

Al recibir la carta de despido, debes firmar haciendo constar tu disconformidad. Eso no implica aceptar el despido: simplemente acreditas que has recibido el documento. Desde ese momento empieza a correr el plazo de 20 días hábiles para reclamar. Plazo: 20 días hábiles desde la notificación.

Consulta gratuita con nuestro abogado laboralista en Madrid

Analizamos tu contrato, el motivo alegado por la empresa y tus circunstancias. En esta primera reunión calculamos la indemnización que te corresponde, evaluamos si tienes salarios de tramitación y te explicamos las opciones disponibles.

Presentación de la papeleta de conciliación

Presentamos ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) del Ministerio de Empleo la papeleta de conciliación por despido improcedente. Es el paso previo e imprescindible para poder demandar judicialmente. La redactamos con el máximo detalle para blindar tu reclamación, ya que este documento es la base de todo el proceso y no puede modificarse después.

Acto de conciliación

El SMAC convoca a ambas partes. En muchos casos, la empresa prefiere llegar a un acuerdo aquí para evitar el juicio. Si el acuerdo alcanzado es justo, lo firmamos. Si la empresa no se presenta o la oferta es insuficiente, pasamos a la vía judicial.

Demanda ante el Juzgado de lo Social y sentencia

Si no hay acuerdo, presentamos la demanda ante el Juzgado de lo Social de Madrid. Cuando la sentencia es favorable, la empresa debe elegir entre readmitirte en tu puesto o pagarte la indemnización legal más los salarios de tramitación generados desde la fecha del despido hasta la sentencia.

Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente

  33 días de salario por año trabajado en contratos posteriores a febrero de 2012

  45 días de salario por año en la parte del contrato anterior a febrero de 2012

  Tope máximo legal de 24 mensualidades de salario

  Salarios de tramitación si el caso llega a sentencia judicial

  Liquidación de vacaciones no disfrutadas y pagas proporcionales

Fórmula legal (art. 56 ET)

Salario diario × 33 días × Años trabajados

Ejemplo: 5 años trabajados · 2.000 €/mes

11.000 €
Calculamos tu indemnización real de forma gratuita

Preguntas frecuentes de despido improcedente


Un despido es improcedente cuando el empleador no puede acreditar causa legal suficiente para despedir al trabajador, o cuando no ha cumplido los requisitos formales que exige la ley. También se considera improcedente cuando el motivo alegado no encaja en las causas disciplinarias graves ni en las causas objetivas reconocidas por el Estatuto de los Trabajadores. En la práctica, esto incluye muchas situaciones de baja por enfermedad, despidos verbales, cartas con defectos formales o motivos insuficientemente probados.
El plazo de 20 días hábiles comienza desde la fecha efectiva del despido indicada en la carta, no desde que firmas ni desde que consultas a un abogado. Los sábados, domingos y festivos no computan. Es imprescindible presentar la papeleta de conciliación antes de que venza este plazo; si no lo haces, pierdes el derecho a reclamar. Por eso es importante actuar cuanto antes.
Sí. Firmar la notificación de despido no implica estar de acuerdo con él. Lo único que debes evitar es firmar un documento en el que renuncias expresamente a reclamar, o un finiquito que recoja la leyenda "en pago total y definitivo de todos mis créditos". Si solo firmaste la carta de despido, con o sin la coletilla "no conforme", puedes reclamar dentro del plazo legal.

Si en el acto de conciliación no se llega a un acuerdo, o si la empresa directamente no se presenta, presentamos la demanda ante el Juzgado de lo Social de Madrid. Si la sentencia es favorable, la empresa tendrá que elegir entre readmitirte en tu puesto con las mismas condiciones o abonar la indemnización legal más los salarios de tramitación generados desde la fecha del despido hasta la sentencia.

La primera consulta es completamente gratuita y sin ningún compromiso. Trabajamos con honorarios condicionados al resultado: no cobramos nada hasta que tú recibas tu indemnización. Nuestros honorarios son un porcentaje sobre la cantidad obtenida, que te comunicamos de forma clara y por escrito en la primera reunión, sin letra pequeña.

Sí, puedes solicitar la prestación por desempleo en el SEPE al mismo tiempo que reclamas el despido improcedente. Son procesos compatibles. Si finalmente la sentencia reconoce salarios de tramitación, tendrás que devolver al SEPE la prestación cobrada por ese período, pero el resultado neto siempre resulta favorable para el trabajador.

El despido objetivo es aquel en que la empresa alega causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o ineptitud del trabajador. Si está bien motivado, se indemniza con 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades. El despido improcedente ocurre cuando la empresa no puede acreditar una causa legal suficiente: la indemnización es de 33 días por año (o 45 para la antigüedad previa a febrero de 2012), con un tope de 24 mensualidades, sensiblemente mayor.

¿Te han despedido? Actúa hoy

Cada día que pasa acerca el vencimiento del plazo de 20 días. Consulta con un abogado para despido improcedente en Madrid sin coste y sin compromiso.


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Trabajamos para defender tus derechos y estamos a tu lado en todo momento.

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A los efectos previstos en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), se le informa que los datos personales que nos facilita a través de este formulario se incorporarán a un fichero de la entidad SUSANA MARTIN MARTIN . Puede ver información detallada en nuestro Aviso Legal y Política de Privacidad.